planes de trabajo para abordar los procesos peligrosos
Proceso peligroso: Es aquel que surge durante el proceso de trabajo, ya sea de los objetos, medios de trabajo, de los insumos, de la interacción entre estos, de la organización y división del trabajo o de otras dimensiones del trabajo, como el entorno y los medios de protección, que puedan afectar la salud de los trabajadores.
la legislacion venezolana en Reglamento Parcial de la LOPCYMAT establece
En su Capítulo III establece características sobre los planes de trabajo para abordar los procesos peligrosos, los cuales deberán:
-Responder estrictamente a los procesos peligrosos identificados.
-Detallar en cada uno de los planes de trabajo los siguientes aspectos:
*Objetivos, metas y alcance
*Frecuencia de ejecución de las actividades
*Personal involucrado y responsabilidades en cada una de las actividades
*Procedimiento de ejecución de actividades previstas en el plan
*Formularios, instrumentos diseñados y recursos para la ejecución de las actividades
-El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá contar con un plan de educación e información teórica y práctica en materia de seguridad y salud en el trabajo con al menos 16 horas trimestrales por cada trabajador dentro de la jornada de trabajo, las cuales podrán aumentar de acuerdo a los procesos peligrosos.
-Todos los miembros del Comité de Seguridad y Salud Laboral deberán recibir educación especial e integral, sobre todos los tópicos que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones.
-Adicional a las necesidades y demandas de educación detectada, los trabajadores deben recibir educación en las siguientes áreas: legislación en materia de seguridad y salud laboral, identificación de los procesos peligrosos y los procedimientos de acción frente a los mismos, prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales, primeros auxilios, equipo de protección personal y colectiva, prevención y control de incendio, seguridad vial, ergonomía, crecimiento personal, daños a la salud generados por el consumo de tabaco, alcoholismo, sustancias psicotrópicas, estrés laboral y cualquier otro tema requerido de acuerdo a los procesos peligrosos a los cuales se encuentran expuestos las trabajadoras y los trabajadores.
-Entre los planes de trabajo debe existir un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de los riesgos y procesos peligrosos adicional a la Vigilancia de la Utilización del Tiempo Libre.
-Especificar las reglas, normas y procedimientos de trabajo seguro y saludable.
-Especificar la dotación de equipos de protección personal y colectiva y su uso adecuado, los cuales deberán ser gratuitos, confortables, ajustarse sin interferir con los movimientos, ser resistentes.
-Especificar los planes de atención preventiva en salud de los trabajadores.
-Especificar los planes de contingencia y atención de emergencias.
-Especificar la adaptación del centro de trabajo (métodos, maquinarias, herramientas y útiles de trabajo) a las características psicológicas, cognitivas, culturales y antropométricas de los trabajadores, es decir, la ergonomía del puesto y centro de trabajo.
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